El usufructo (derecho de usar y disfrutar de un bien ajeno sin ser propietario) puede inscribirse en el Registro de la Propiedad, pero para ello es necesario cumplir unos requisitos formales.
Una vez inscrito, el usufructo queda protegido y es oponible a terceros (por ejemplo, un comprador sabrá que ese inmueble está gravado con un usufructo).
Título que constituye el usufructo
El usufructo debe constar en documento público para poder inscribirse:
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Compraventa con reserva de usufructo (ejemplo: un padre vende la nuda propiedad a un hijo y se reserva el usufructo).
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Donación con reserva de usufructo.
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Testamento o adjudicación de herencia (ejemplo: cónyuge viudo recibe usufructo vitalicio).
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Contrato de usufructo (otorgado en escritura pública).
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Resolución judicial o administrativa (en casos especiales).
Otorgamiento de escritura notarial
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Si no proviene de herencia o sentencia, hay que otorgar la escritura pública ante notario donde se constituye o reconoce el usufructo.
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En la escritura deben constar:
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Identificación del nudo propietario y del usufructuario.
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Naturaleza del usufructo (vitalicio, temporal o por disposición legal).
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Derechos y obligaciones.
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Liquidación de impuestos
Dependiendo del origen del usufructo:
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Donación → Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
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Herencia → ISD también.
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Compraventa o negocio oneroso → ITP (Transmisiones Patrimoniales).
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Siempre habrá que liquidar o presentar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en la Comunidad Autónoma correspondiente (pago o exención).
Presentación en el Registro de la Propiedad
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Se entrega en el Registro la escritura notarial y el justificante de liquidación de impuestos.
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El registrador califica el documento y, si todo es correcto, inscribe el usufructo en la hoja registral del inmueble.
Costes aproximados
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Notaría: depende del valor del usufructo (se calcula según tablas en función de la edad del usufructuario y el valor del inmueble).
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Registro de la Propiedad: aranceles proporcionales al valor del derecho inscrito (normalmente entre 30 y 200 € aprox.).
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Impuestos: dependen de la Comunidad Autónoma y del tipo de transmisión.
- Gestoría: 200-400€
Solicitar inscripción de usufructo en el Registro de la Propiedad