Para realizar el cambio de titularidad de un inmueble en el Registro de la Propiedad en España, es necesario seguir un proceso formal que se indica a continuación:
Documento que justifique el cambio de titularidad
El Registro de la Propiedad solo inscribe lo que se acredita con documentos públicos. Los más comunes son:
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Compraventa → escritura pública ante notario.
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Herencia → escritura de adjudicación de herencia (o acta notarial de aceptación).
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Donación → escritura pública de donación.
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Divorcio/Separación → sentencia judicial o convenio regulador inscrito.
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Otros títulos → resoluciones administrativas, subastas, etc.
Liquidación de impuestos
Antes de inscribir, hay que liquidar los impuestos que correspondan:
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Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) para compraventas (salvo que se tribute por IVA).
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Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en herencias y donaciones.
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Plusvalía municipal (IIVTNU) en el ayuntamiento donde radique el inmueble.
Presentación en el Registro de la Propiedad
Una vez tengas la escritura y el justificante del pago (o exención) de impuestos:
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Se presenta la documentación en el Registro de la Propiedad correspondiente al inmueble.
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Puede hacerlo el notario telemáticamente o el propio interesado de manera presencial o telemática (con certificado digital, en muchos registros).
Calificación registral
El Registrador revisa la legalidad del documento y, si todo está correcto, inscribe el nuevo titular.
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El plazo de calificación es de 15 días hábiles (puede variar según la carga de trabajo del Registro).
Costes
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Notaría: varía según el valor del inmueble y extensión de la escritura.
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Impuestos: dependen de la Comunidad Autónoma y de si es herencia, compraventa, etc.
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Registro de la Propiedad: aranceles fijados por ley, en función del valor del inmueble.
Solicitar cambio del titular de un inmueble en el Registro de la Propiedad