Cancelaciones en el Registro de la Propiedad
La cancelación registral es el asiento mediante el cual se deja sin efecto una inscripción o anotación previa en el Registro de la Propiedad.
-
Finalidad: liberar el inmueble de cargas o rectificar la situación registral.
-
Efecto: extinción de la eficacia frente a terceros del derecho o gravamen cancelado.
Índice:
ToggleClases de cancelaciones
a) Por extinción del derecho:
-
Cancelación de hipotecas tras el pago o extinción de la obligación garantizada.
-
Cancelación de usufructo por muerte del usufructuario o cumplimiento del plazo.
-
Cancelación de arrendamientos inscritos vencidos.
-
Cancelación de condiciones resolutorias por cumplimiento definitivo.
b) Por declaración de nulidad o resolución:
-
Sentencias firmes que anulan un derecho inscrito.
-
Resoluciones administrativas de anulación o revocación.
c) Por caducidad:
-
Derechos sujetos a plazo (ej. anotaciones preventivas, que caducan a los 4 años salvo prórroga).
-
Hipotecas de máximo o condiciones resolutorias cuando transcurre el plazo sin ejercicio.
d) Por consentimiento del titular del derecho:
-
P. ej., cancelación de una hipoteca mediante escritura de carta de pago y consentimiento del acreedor.
Requisitos generales
-
Título formal adecuado:
-
Escritura pública (ej. carta de pago de hipoteca).
-
Mandamiento judicial firme (ej. cancelación de embargo o anotación preventiva).
-
Resolución administrativa firme (ej. expropiación anulada).
-
-
Principio de tracto sucesivo: solo puede cancelar quien figura inscrito como titular del derecho (acreedor hipotecario, arrendador, usufructuario).
-
Liquidación de impuestos:
-
En muchos casos la cancelación está exenta (ej. cancelación de hipoteca).
-
Puede exigirse liquidación de AJD si la cancelación es inscribible por escritura con cuantía.
-
Procedimiento
-
Otorgamiento del título de cancelación (ej. escritura notarial con consentimiento del acreedor).
-
Liquidación fiscal (exención o pago, según el caso).
-
Presentación en el Registro (directamente, por notario, telemáticamente o gestoría).
-
Calificación registral: el Registrador comprueba validez y legitimación.
-
Práctica del asiento de cancelación en el folio real.
Efectos
-
El derecho o gravamen desaparece frente a terceros.
-
El inmueble recupera su condición de libre de cargas (salvo las que permanezcan).
-
Se mantiene en el Registro la traza histórica: las inscripciones canceladas no se borran, sino que quedan tachadas, para conservar la cadena de titularidades.
Ejemplos comunes
-
Cancelación de hipoteca: escritura de carta de pago otorgada por el banco.
-
Cancelación de embargo: mandamiento judicial de alzamiento.
-
Cancelación de usufructo vitalicio: acta de defunción del usufructuario.
-
Cancelación por caducidad: anotaciones preventivas no prorrogadas en plazo.
Las cancelaciones registrales son esenciales para mantener la exactitud del Registro y asegurar que las fincas figuren libres de cargas cuando corresponda.
Solicitar cancelación en el Registro de la Propiedad