Inscripción de donación en el Registro de la Propiedad


Inscripción de donación en el Registro de la Propiedad

La inscripción de una donación en el Registro de la Propiedad en España es el trámite mediante el cual se hace constar oficialmente que un inmueble ha sido transmitido gratuitamente por un donante a un donatario, otorgándole plena seguridad jurídica frente a terceros.

Requisitos básicos

  • Contrato de donación en escritura pública:

    • Es obligatorio que la donación de bienes inmuebles se formalice ante notario.

    • Debe constar la voluntad de donar, la aceptación expresa del donatario y la descripción del inmueble.

  • Aceptación expresa: el donatario debe aceptar la donación en la misma escritura o en otra escritura notarial.

  • Capacidad de las partes:

    • El donante debe tener capacidad para disponer del bien.

    • El donatario debe tener capacidad para aceptar.

Documentación necesaria para inscribir

  1. Escritura pública de donación.

  2. Título de propiedad del donante (se incorpora en la escritura).

  3. Justificante del pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en la comunidad autónoma correspondiente.

  4. Justificante del pago de la plusvalía municipal (IIVTNU), cuando proceda.

  5. Identificación de las partes (DNI/NIE).

Procedimiento registral

  1. El notario autoriza la escritura de donación y aceptación.

  2. Se liquida el ISD (plazo: 30 días hábiles desde la escritura).

  3. Se liquida la plusvalía municipal (plazo general: 30 días hábiles).

  4. Se presenta la escritura y los justificantes en el Registro de la Propiedad del lugar donde esté el inmueble.

    • Puede presentarse telemáticamente por el notario o físicamente por el interesado.

  5. El registrador califica la escritura y, si todo es correcto, inscribe al donatario como nuevo titular.

Costes

  • Notaría: arancel en función del valor del inmueble.

  • Registro de la Propiedad: arancel progresivo, según valor del bien donado.

  • Impuestos:

    • ISD: varía mucho según comunidad autónoma y parentesco.

    • IIVTNU: depende del ayuntamiento y valor catastral del suelo.

  • Gestoría: 200/300€ aproximadamente.

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