Inscripción de hipoteca en el Registro de la Propiedad


Inscribir una hipoteca en el Registro de la Propiedad es un trámite obligatorio para que la garantía hipotecaria tenga validez frente a terceros.

Escritura pública de préstamo hipotecario

  • El préstamo hipotecario debe formalizarse en escritura pública ante notario.

  • Comparecen el prestatario (persona que recibe el préstamo) y el representante del banco.

  • El notario comprueba la documentación legal (oferta vinculante/FEIN, cuadro de amortización, cumplimiento de plazos de información al consumidor, etc.).

Liquidación de impuestos

Antes de inscribir la escritura, hay que liquidar impuestos en la Comunidad Autónoma:

  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD):

    • Desde 2018, según la normativa vigente, el sujeto pasivo es el banco (es decir, lo paga la entidad prestamista).

    • Aun así, se debe presentar el modelo correspondiente (pago o exención).

Presentación en el Registro de la Propiedad

  • Se entrega la escritura notarial junto con el justificante del impuesto en el Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble.

  • Generalmente lo gestiona la gestoría del banco, aunque el deudor puede hacerlo por su cuenta.

Calificación e inscripción

  • El registrador revisa (califica) la escritura para comprobar que cumple la ley.

  • Si todo está correcto, inscribe la hipoteca en la hoja registral del inmueble.

  • A partir de ese momento, la hipoteca tiene plenos efectos frente a terceros.

Costes aproximados

  • Notaría: varía según el importe del préstamo, normalmente entre 300 y 600 €.

  • Registro de la Propiedad: también depende de la cuantía, entre 100 y 300 € aprox.

  • Gestoría: honorarios libres, suelen rondar 200-400 €.

Solicitar inscripción de hipoteca en el Registro de la Propiedad

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